La Voz De Todos

La Voz De Todos 15 diciembre, 2019

El nuevo esquema de retenciones que dispuso este sábado el gobierno vuelve, en algunos productos, el derecho de exportación al vigente en septiembre de 2018 y en otros los baja.

El gobierno nacional dispuso la eliminación del tope de 4 pesos por dólar a la retención del 12 por ciento que había sido dispuesta por el gobierno de Mauricio Macri en septiembre de 2018. En esa oportunidad, la resolución de Cambiemos había sido aplicar una retención adicional a todas las posiciones de la nomenclatura arancelaria. Como algunos productos ya pagaban, como la soja y otras no , como trigo, maíz, carnes o leche en polvo, la retención total vigente a partir de septiembre de 2018 pasó a ser del 30 por ciento para la soja, y del 12 por ciento para los que antes no estaban gravados. Pero, como a la vez les fijaba un techo a las nuevas retenciones de 4 pesos, en la práctica convirtió esa retención porcentual del 12 por ciento en una retención fija de 4 pesos, que porcentualmente resultaba cada vez menor a medida que la cotización del dólar, en pesos, subía.

La resolución que adoptó el gobierno este sábado es volver a fijar la retención adicional en el 12 por ciento, como en septiembre de 2018, aunque disponiendo que para una lista de productos ese derecho de exportación sea del 9 por ciento. Es decir, tres puntos menos que el fijado por Macri 15 meses atrás.

Los detalles

El decreto 37 de la nueva gestión, que lleva la firma del presidente Alberto Fernández, Santiago Cafiero , Martín Guzmán y Luis Basterra , dispone tres tratamientos diferenciados para las retenciones o derechos a la exportación, de acuerdo a las modificaciones que introduce sobre el régimen dispuesto por el anterior decreto de septiembre de 2018 .

* Los productos comprendidos en el Anexo I del nuevo decreto seguirán favorecidos por un tope de 3 pesos por dólar como retención. Es decir, con un dólar mayorista que hoy se ubica en torno a los 60 pesos, resulta una retención al día de hoy del 5%.

* Los productos comprendidos en las posiciones arancelarias enumeradas en el Anexo II, quedan con una retención del 9 por ciento .

* El resto de las posiciones arancelarias vuelve a una retención del 12%, como en septiembre de 2018, pero a partir de ahora sin tope fijo.

En todos los casos, la retención calculada de este modo se suma a la vigente al margen del régimen del decreto macrista de septiembre de 2018 .

Los productos comprendidos en el Anexo II, que establece los rubros alcanzados con la retención del 9 por ciento, no incluye a los productos del capítulo de Cereales, salvo las posiciones «Maíz en grano» y varias del rubro «Arroz». El resto de posiciones incluidas pertenecen mayoritariamente al capítulo de Pescados, unas cuantas de Animales vivos, Carnes, Leches y productos lácteos, Hortalizas, plantas, raices y tubérculos, Grasas y aceites animales o vegetales, Preparados de Hortalizars, Madera y sus manufacturas, Pasta de madera, Lanas y Algodón. Además, incluye Productos de molinería, como «harinas de trigo», «Harinas de maíz» y «las demás»; «pellets de trigo, de maíz y los demás», y «Malta de cebada». No figuran, en cambio, las posiciones correspondientes a «porotos de soja», «aceite de soja» y b«tortas y demás residuos sólidso de la extracción de aceite de soja».
El listado de productos que siguen beneficiadas por un tope de tres pesos por dólar abarca más de 8000 productos, que abarcan prácticamente a todos los capítulos del nomenclador. El eresto, los no incluidos en ninguna de las dos listas, son los alcanzados por las retenciones del 12 por ciento, que se suma a la que ya se encuentre vigente desde el gobierno de Cambiemos, por afuera del régimen instituido por ese mismo gobierno en septiembre de 2018.

 

Fuente: https://www.pagina12.com.ar/236620-suben-o-bajan-las-retenciones-para-cada-producto